Para Barreira Delfino, “el contrato de leasing es una operación de financiación de mediano o
largo plazo practicado por una entidad financiera en favor de una empresa comercial
o industrial, interesada en instrumentar y modernizar sus actividades para
incentivar su expansión de su cliente, adquiere el bien capital previamente
seleccionado por este último y le facilita su utilización durante un periodo
determinado de común acuerdo”.
La
legislación nacional define al leasing como un contrato mercantil que tiene por
objeto la locación de bienes muebles o inmuebles por una empresa locadora para
el uso de la arrendataria, mediante pago de cuotas periódicas y con opción a favor
de la arrendataria de comprar dichos bienes por un valor pactado.
Según Amorós, se considera al leasing como “un
contrato por el que una de las partes – empresa de leasing – se obliga a
adquirir de un tercero determinados bienes que la otra parte ha elegido
previamente, contra el pago de un precio mutuamente convenido, para su uso y
disfrute durante cierto tiempo, que generalmente coincide con la vida útil y
fiscal del bien, y durante el cual el contrato es irrevocable, siendo todos los
gastos y riesgos por cuenta del usuario, quien, al finalizar dicho periodo,
podrá optar por la devolución de los bienes, concertar un nuevo contrato o
adquirir los bienes por el valor residual preestablecido”.
1.1 ¿QUE CARACTERÍSTICAS TIENE EL LEASING?
- Típico en determinados países como Perú, Panamá,
Argentina, Francia y otros tiene regulación jurídica propia y en muchos países
son atípicos, caso de Alemania, España e Italia, etc.
- Principal porque es un contrato autónomo e
independiente.
- Consensual, se basa sobre el acuerdo de partes en
celebrar el contrato.
- Oneroso existe la prestación y contraprestación de
cada parte contratante y evidentemente el lucro que genera por los fines del
contrato.
- Conmutativo porque la empresa leasing como la
usuaria saben las ventajas y desventajas económicas que generará el negocio.
- De duración por su naturaleza requiere de un
tiempo prudente para la ejecución de la misma.
- De empresa, normalmente el leasing es usado por
las empresas o entre empresas.
- Cláusulas generales ya están establecidos por la
empresa leasing.
- De financiamiento.
- De cesión de uso que eventualmente puede ser
título para adquisición de la propiedad de los bienes cedidos.
1.3 ¿QUÉ TIPOS DE LEASING EXISTE?
arrendadora, se obliga a ceder, durante un
plazo determinado, el uso de un bien o bienes a otra empresa, denominada
arrendataria, a cambio de una renta periódica como contraprestación.
- Leasing financiero tiene
por finalidad la prestación de servicios, prestando ayuda financiera a las
empresas que necesitan bienes de capital para su proceso productivo.
La
empresa leasing da en arrendamiento un bien determinado que ha elegido un
usuario y que éste adquiere para tal propósito, obligándose el arrendatario a
pagar un canon periódico, por un tiempo determinado e irrevocable en el que ha
asumido el arrendatario todos los riesgos y gastos de conservación de la cosa
durante la vigencia del contrato en las condiciones que se acordaron o
finalmente restituir la bien materia del contrato.
- Leasing mobiliario o bienes
instrumentales para la empresa que pueden ser trasladados de un punto a otro.
- Leasing inmobiliario.
- Lease back permite transformar a la
empresa usuaria sus propios bienes en instrumentos de financiamientos y dentro
de su proceso productivo.
- Leasing internacional cuando las partes
intervinientes en la relación contractual, es decir, la empresa concedente
(lessor) y la empresa usuaria (lessee) residen o pertenecen a diversos países.
- Leasing aeronáutico.
1.4
¿QUE DERECHOS TIENE LA EMPRESA DE LEASING?
-
Percibir el canon estipulado en calidad de contraprestación por el uso de bien
que cede a la usuaria.
-
Solicitar el contrato de leasing se inscriba en la ficha o partida donde se
encuentre inscrita la empresa usuaria.
- Fijar
las condiciones mínimas del contrato de seguro que cubra los bienes contra todo
riesgo.
-
Inspeccionar los bienes in situ para constatar el debido uso que la usuaria
deberá darles.
- Colocar
placas o grabaciones en un lugar visible de los bienes, indicando que ellos
están en el leasing.
- Solicitar
la resolución del contrato y la restitución inmediata de los bienes en caso de
incumplimiento de la usuaria.
-
Establecer las penalidades por el mal uso que a la empresa usuaria pueda dar a
los bienes objeto del contrato.
-
Percibir el valor residual en caso de ejercicio de la opción de compra por la
usuaria o, en su defecto, solicitar la restitución de los bienes al final del
plazo inicial.
-
Solicitar el embargo preventivo de los bienes de la usuaria y de terceros, que
hayan asumido obligaciones de ella, por el pago de cánones vencidos y no
pagados.
- Aprobar
o no el subleasing propuesto por la usuaria.
- Emitir,
previa autorización de la CONASEV, bonos de arrendamiento financiero para
financiar las operaciones de leasing.
- Acceder
a los fondos promocionales establecidos o por establecerse por el Banco Central
de Reserva del Perú, o por cualquier otra institución de crédito, así como las
líneas de intermediación actuales o futuras, provenientes de instituciones
financieras del país o del exterior.
1.5 ¿QUE DERECHOS TIENE LA EMPRESA USUARIA?
- Señalar
las características de los bienes materia del leasing y elegir la proveedora de
los mismos.
- Exigir
las acciones que tiene derecho la empresa de leasing, como parte compradora,
para ejercitarlas contra la proveedora, como parte vendedora, en caso de vicios
y daños de los bienes.
-
Solicitar la intervención de la empresa de leasing en todas aquellas
circunstancias en que no pueda ser sustituida y por lo que se experimenta algún
daño o perjuicio en el patrimonio de la usuaria o en sus legítimos intereses.
- Gozar
de todos los derechos y ventajas, como si fuera propietaria de los bienes, a
efectos de sus relaciones contractuales con el Estado, empresas de derecho público
, empresas estatales de derecho privado y las empresas sometidas a regímenes
especiales.
-
Adquirir los bienes, si lo estima conveniente, por el solo pago del valor
residual establecido anticipadamente, devolverlos o solicitar la prórroga del
contrato por un canon menor al establecido inicialmente.
-
Sustituir el bien o bienes dados en leasing por otros más modernos, antes que
se cumpla el plazo contractual, si el contrato contiene la cláusula de
adecuación al progreso.
1.6 ¿QUE OBLIGACIONES TIENE LA EMPRESA DE
LEASING?
- Adquirir los bienes solicitados por la usuaria,
siguiendo las especificaciones técnicas. y del proveedor designado por ella.
- Entregar a poner a disposición de la usuaria los
bienes indicados en el contrato de leasing.
- Mantener a la usuaria en el goce de los bienes,
respetando el lugar, forma y demás cláusulas contenidas en el contrato de
leasing.
- Respetar la opción de compra otorgada a la
usuaria, tanto respecto al valor residual pactado, como al plazo concedido para
su ejercicio.
- Pactar para la empresa proveedora la facultad para
que la usuaria pueda ejercitar directamente, en su propio interés, todos los
derechos y las acciones derivadas del contrato de compra y venta.
- Sustituir el bien por otro más moderno
tecnológicamente, antes de expiración del plazo contractual, si así se ha
establecido con precisión en el contrato.
- Realizar todas aquellas gestiones y trámites
conducentes a una pronta transferencia de la propiedad en el supuesto que a la
usuaria haya decidido el ejercicio de la opción de compra.
- Restituir al final del plazo contractual el dinero
o bienes que haya solicitado como garantía del cumplimiento del contrato de
leasing.
- Recibir el bien o bienes, en el lugar y fecha
establecidos, cuando la usuaria haya optado por devolverlos.
1.7 ¿QUÉ OBLIGACIONES TIENE LA EMPRESA
USUARIA?
- Abonar en tiempo, forma y lugar los cánones establecido en el contrato.
- Contratar un seguro contra todo riesgo para el bien o bienes otorgados en el leasing.
- Dar a los bienes el uso establecido en el contrato de leasing.
- Mantener en buen estado de uso y hacer las reparaciones ordinarias para la adecuada conservación del bien.
- Pagar los tributos y demás derechos derivados del contrato de leasing.
- Responder por los daños y perjuicios que ocasione con los bienes materia del contrato de leasing.
- Recibir los bienes y suscribir el acta de recepción respectiva, dejando expresa constancia de su conformidad o no con los citados bienes.
- Informar a la empresa concedente de todos los hechos que atenten contra su derecho de propiedad sobre el bien.
- Evitar, ceder o facilitar a terceros el bien o bienes, salvo autorización expresa de la empresa de leasing.
- Restituir el bien a la finalización del plazo contractual, si no se ejercita la opción de compra, en buen estado de uso, conservación y mantenimiento, salvo el deterioro producido por el normal uso del mismo.
- Pagar el valor residual, en el caso que decida ejercer la opción de compra, en el lugar y fecha convenidos. Este valor residual, en la práctica del mercado nacional, se incrementa con el impuesto por la transferencia de la propiedad del bien y el 18% del Impuesto General a las Ventas.
1.8 ¿QUIENES SON PARTES EN EL CONTRATO DE EL
LEASING?
LA
EMPRESA DE LEASING, EL BANCO, normalmente son sociedades anónimas constituidas
para realizar operaciones de arrendamiento financiero y deben observar normas
especiales para ser autorizados en sus operaciones; las empresas que realizan
el leasing son bancos y financieras que mueven grandes capitales.
LA
EMPRESA USUARIA, CLIENTE, ARREDATARIO, también son empresas que se financian
por el leasing para adquirir bienes de capital o equipos a la empresa.
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